Mocion. Creación del Cuerpo de Policia Local del Ayto. de Polanco.
EL GRUPO MUNICIPAL REGIONALISTA DEL EXMO AYUNTAMIENTO DE POLANCO, en base al art. 111 del R.O.F, presenta para su discusión y aprobación, si procede , la siguiente MOCION, en base a la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En los últimos años, y sobretodo debido al gran desarrollo urbanístico, en los distintos pueblos de nuestro municipio, hemos observado como nuestra población ha sufrido un aumento espectacular, hasta el punto que en Junio del presente año, si bien no llegamos a la cifra de 5000 habitantes, rondamos en la actualidad de una cifra de 4.750 habitantes.
El notorio aumento de la población conlleva una serie de nuevos problemas y necesidades que hacen llevarnos a la obligación de adaptar las infraestructuras y servicios que presta la administración municipal a la nueva realidad social. Así, por ejemplo, ya nos encontramos inmersos en la ampliación del Colegio Público de Requejada, o en la renovación de la red de aguas del municipio. Ambos retos considerados como prioritarios y de interés general tanto por los grupos actualmente en el gobierno como los grupos de la oposición.
Otra de las necesidades que el crecimiento del municipio conlleva es la creación de un Cuerpo de Policía Local. La ley de Cantabria 5/2000 de Coordinación de las Policías Locales, otorga a los municipios con mas de 5000 habitantes la posibilidad de crear su propio Cuerpo de Policía Local, y, aun en el caso de no haber llegado a dicha cifra , también es posible su creación, previa aprobación de la Corporación Local, y si así lo autoriza el consejero competente en la materia , previo informe preceptivo de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
La necesidad de su creación es una realidad social, si tenemos en cuenta que los cuerpos de Policía Local deberán ejercer , de acuerdo con la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpo de Seguridad, art. 53, las siguientes funciones:
a) Proteger a las autoridades de las corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
b) Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
c) Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano.
d) Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenazas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
e) Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
f) La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
g) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
h) Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sea requerido para ello.
i) Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
El aumento de la población , hace necesario la creación de este Cuerpo de Policía Local a fin de dar cumplimiento a todas estas competencias relativas a la seguridad y bienestar ciudadano, así como a otras de materia administrativa y como a dar cumplimiento a la disciplina urbanística, dado que en esta ultima materia nos encontramos de una serie de expedientes sancionadores abiertos de una forma un tanto arbitraria, y sometido más a posibles denuncias entre vecinos que a un verdadero proceso racional regulado.
Claro ejemplo de adaptación a la nueva realidad social, la tenemos en nuestro vecino municipio de Miengo, con el que mantenemos estrechos vínculos tanto administrativos como sociales, y , el cual recientemente ha creado el Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Miengo con la dotación de tres agentes, que ha comenzado a funcionar en este mes de septiembre.
Sometemos al Pleno del Ayuntamiento para su debate y aprobación la siguiente :
MOCION
PRIMERO.- Aprobar por este Pleno, y como paso previo , la creación del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Polanco.
SEGUNDO.-- Dirigirse a la Conserjería de Presidencia del Gobierno de Cantabria a fin de solicitar autorización para tal creación previo informe preceptivo de la Coordinadora de Policías Locales.
TERCERO.- Consignar en los Presupuestos Municipales de Polanco del 2009, las dotaciones económicas necesarias para cubrir el conjunto de gastos que se puedan generar como consecuencia de su puesta en marcha.
CUARTO.- Dar cuenta de este acuerdo a la Delegación del Gobierno y a la Consejeria de Presidencia del Gobierno de Cantabria.
Polanco a 22 de Septiembre de 2008.
Fdo. AVELINO RODRIGUEZ MURIEDAS.
PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL REGIONALISTA
Fdo. ROSA DIAZ FERNANDEZ.
PORTAVOZ 1ª SUPLENTE DEL GRUPO MUNICIPAL REGIONALISTA.