El Juzgado de lo Social ha declarado nulo el despido de una concejala del PRC, Mónica Cagigas, y ha condenado al Ayuntamiento de Noja a readmitirla por haber vulnerado sus derechos fundamentales a la igualdad, la no discriminación y la participación pública.
La sentencia determina en sus fundamentos de derecho que el ayuntamiento, gobernado por el PP con mayoría absoluta, ha “discriminado” a Cagigas por su condición de concejala y la ha tratado “peor que a cualquier ciudadano que no ostente tal cargo”, al impedirle el acceso a un puesto de trabajo por cuenta ajena.
Además, considera vulnerado su “legítimo derecho” a acceder en condiciones de igualdad a un cargo y a participar en los asuntos públicos, puesto que “por ser concejal se le impide siquiera la posibilidad de desempeñar un trabajo por cuenta propia mediante la oportuna opción”. “Por ser concejal, se le castiga a un posible futuro como trabajadora por cuenta ajena”, señala textualmente la sentencia.
Los hechos que han dado lugar a este fallo se remontan al pasado mes de enero, cuando el Ayuntamiento asumió el servicio de recaudación municipal que hasta entonces llevaba a cabo la empresa Teodoro Zurita, en la que Mónica Cagigas trabajaba desde octubre de 1996 realizando dicha función. En ese momento, el Consistorio incorporó a su plantilla de personal laboral a otras dos trabajadoras encargadas de las mismas tareas de recaudación, pero negó esa posibilidad a la concejala regionalista, a quien instó a optar entre la continuidad en el cargo público y la posibilidad de ser contratada, en base a una supuesta causa de incompatibilidad.
Al negarse a tal elección, Cagigas fue requerida a cesar en sus actividades y abandonar las dependencias municipales, por lo que presentó una demanda por despido nulo, al entender que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales de igualdad y participación pública por obligarle a elegir entre prestar servicios como personal laboral o hacerlo como concejal, tesis que ha sido finalmente confirmada por el Juzgado de lo Social.
Según consta en la sentencia, el Ayuntamiento intentó que la concejala renunciara a un puesto de trabajo al que no había accedido, cuando debió permitirle suscribir el oportuno contrato y posteriormente someter la posible incompatibilidad al Pleno, como órgano competente para decidir si concurre o no esta circunstancia. “El derecho de opción que tiene la trabajadora presuntamente incompatible sólo nace cuando el Pleno declare la incompatibilidad”, precisa.
El fallo establece además que el Ayuntamiento “no tenía motivos para no contratar” a la edil, como hizo con las otras dos trabajadoras, dado que provenían de “una subrogación empresarial”, por lo que determina que el despido fue nulo y condena a su readmisión.
El portavoz del PRC en Noja, Michel Ruiz, ha valorado esta sentencia como “una prueba más de la caótica política de personal” que lleva a cabo el alcalde y que ha denunciado en varias ocasiones, ante las “reiteradas condenas judiciales que está sufriendo el Ayuntamiento y el importante coste económico que deben asumir por ellas las arcas públicas”.
Ruiz ha denunciado que Díaz gobierna el municipio “al más puro estilo feudal”, con “presiones, coacciones y vulneración de los derechos de todo aquel que no está de acuerdo con sus planteamientos”.
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