Urbanismo inicia actuaciones tras la denuncia del PRC contra la alcaldesa de Medio Cudeyo por construir su casa “ilegalmente” en suelo rústico de especial protección

El Grupo Regionalista espera que el Ayuntamiento también adopte medidas porque si no lo hace puede incurrir en “prevaricación por omisión”

10 Agosto 2012

La Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Cantabria ha iniciado actuaciones previas con el objeto de determinar si procede el inicio de un procedimiento sancionador contra la alcaldesa de Medio Cudeyo y diputada regional del PP, María Antonia Cortabitarte, por haber construido su vivienda familiar “ilegalmente” en un terreno rústico de especial protección agrícola-ganadera.

Esta decisión está motivada por la denuncia formalizada el pasado 1 de junio por el PRC ante el Ejecutivo cántabro, al considerar que la casa de la alcaldesa fue edificada en contra de lo establecido por la Ley del Suelo, que prohíbe expresamente la construcción en suelo rústico protegido de cualquier edificación no vinculada al sector agrario.

Dicha denuncia fue presentada también en el Ayuntamiento, pero éste, a diferencia de la Dirección de Urbanismo, no ha notificado aún el inicio de actuación alguna. No obstante, el Grupo Regionalista espera que lo haga en los próximos días, ya que de lo contrario podría incurrir en un delito de prevaricación por omisión, al ser la alcaldesa parte interesada.

El PRC ha puesto en marcha este procedimiento administrativo al considerar que María Antonia Cortabitarte ha construido su casa “ilegalmente” y “obviando los requerimientos del Gobierno de Cantabria” para que acredite la vinculación de su casa a una actividad agraria. En consecuencia, considera que la alcaldesa ha podido incurrir en una “omisión continuada y dolosa del requerimiento legal de subsanación de la documentación” y en la realización de obras en suelo rústico de especial protección “sin las autorizaciones y los requisitos exigidos por la ley”.

Cortabitarte solicitó en 1996, cuando ya era concejala en Medio Cudeyo, la autorización del Ayuntamiento para construir su vivienda en Heras, en una parcela de 5.335 metros cuadrados clasificada en las Normas Subsidiarias como no urbanizable de interés agrícola y ganadero. El entonces alcalde, José Enrique Cacicedo (PP), remitió el expediente a la Comisión Regional de Urbanismo, una vez aprobado y justificado por el equipo de Gobierno “el interés social de la construcción”, sin referencia alguna a la calificación urbanística del terreno.

Aunque la Comisión autorizó la solicitud, la Dirección General de Vivienda y Urbanismo solicitó posteriormente acreditación documental de la existencia de la explotación ganadera que justificara la construcción. Tres días después de recibir dicha notificación y conocer por tanto “la posible existencia de una irregularidad urbanística grave”, el alcalde firmó el documento de ingreso de las tasas e impuestos municipales, paso previo a la entrega de la licencia de obras.

A pesar de no existir explotación ganadera que lo justificase, la hoy alcaldesa decidió llevar adelante la construcción de la vivienda e incluso ampliarla tiempo después, con una nueva edificación destinada a garaje y autorizada por el Ayuntamiento en 2001, sin ninguna referencia al proyecto original, que incluía el garaje en la primera edificación, ni a la situación urbanística de la parcela.

Para el PRC, la irregularidad de esa segunda construcción es “aun más grave”, porque en este caso el acuerdo del equipo de Gobierno ni siquiera se remitió a la Comisión de Urbanismo, “ni a ningún otro organismo, pese a las exigencias legales para construir en este tipo de suelo”.

A pesar del tiempo transcurrido desde que se construyó la vivienda, el Ayuntamiento “tiene competencias para actuar, de oficio o a instancia de cualquier interesado”, porque la ley establece que para infracciones urbanísticas de estas características “no existe la prescripción”.