El Defensor del Pueblo censura la actitud del alcalde de Valdáliga que “perjudicó” la labor de “control y fiscalización” del PRC

Álvarez denuncia que González “gestiona” el Ayuntamiento con “oscurantismo y obstruccionismo”

28 Noviembre 2018

El Defensor del Pueblo ha dado la razón al concejal regionalista, Miguel Ángel Álvarez, sobre la actitud “obstruccionista” que el alcalde de Valdáliga, el ‘popular’ Lorenzo González, tiene en la gestión diaria de esta Administración Local. 

Álvarez recurrió al Defensor del Pueblo para denunciar “la obstrucción” que mantiene el alcalde de Valdáliga con los ediles de la oposición al no convocar los plenos ordinarios pertinentes (en 2017, convocó tres de los cuatro pertinentes), “impidiendo de este modo nuestra labor de fiscalización y control de la acción del equipo de Gobierno”, ha subrayado. 

En este sentido, el Defensor del Pueblo subraya que “los concejales de la oposición se vieron privados de su derecho a formular los ruegos y preguntas que hubieran considerado procedentes en aquella cuarta sesión que no se llegó a celebrar, y tampoco pudieron conocer de forma más próxima el contenido de las resoluciones dictadas por la Alcaldía”. 

Por ello, el Defensor del Pueblo entiende que “su derecho a controlar y fiscalizar lo que se había decidido en ellas resultó perjudicado”. 

Para el portavoz regionalista, el dictamen del Defensor del Pueblo “ratifica” las “reiteradas” denuncias que ha realizado de la gestión de González, quien, en su opinión, gestiona el Ayuntamiento “como si fuera su chiringuito”. 

El Defensor del Pueblo recuerda que “los preceptos legales” determinan que los ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes, como es el caso de Valdáliga, “tienen la obligación de celebrar, como mínimo, una sesión plenaria ordinaria al trimestre, por lo que, en cada año natural, tiene que haber 4 sesiones”. 

Además, subraya que “no tiene amparo legal” el no convocar una sesión “con la excusa de que no hay asuntos a tratar” porque se haya debatido anteriormente en una sesión extraordinaria anterior. “Las sesiones ordinarias siempre se deben celebrar en el momento establecido, y ello aunque solo sea con el punto de aprobación de la sesión anterior y el punto de ruegos y preguntas”, sostiene el Defensor del Pueblo. 

Por último, el Defensor del Pueblo sugiere al alcalde de Valdáliga que “celebre las sesiones plenarias ordinarias según la periodicidad establecida en el acuerdo adoptado por el Pleno al principio de este mandato, y sin que se puedan sustituir por otras sesiones de carácter extraordinario o sin que se pueda justificar su no celebración por no haber asuntos que tratar”.